O Congresso

DECLARACIÓN DE CARTAGENA DE INDIAS, COLOMBIA

Con motivo de la realización del IV Congreso Iberoamericano de Cooperación Judicial, cuyo tema central fue “Rumbo al Espacio Judiciario Latinoamericano”, los jueces y magistrados asistentes de 18 países de América del Sur, Centro América, México y el Caribe que concurrieron a Cartagena de Indias, Colombia, entre los días 23 al 25 de noviembre de 2010, acordamos emitir la siguiente declaración:

1. Considerando el estado de evolución de las distintas experiencias judiciales de los países que integran esta Red, las reformas procesales emprendidas y la necesidad de fortalecer la cooperación internacional y el intercambio de los conocimientos alcanzados con las nuevas prácticas procesales y de gestión; en el marco de los instrumentos ya existentes y elaborados por los distintos estamentos judiciales, como la Carta de los Derechos Ciudadanos, las Reglas de Brasilia, el Estatuto del Juez Iberoamericano, y Las Normas Mínimas de Seguridad Jurídica para el Área de Iberoamérica; los jueces aquí presentes concluimos que se hace necesario acentuar e implementar los mecanismos propicios a tales fines en miras a definir los instrumentos que efectivamente consoliden la existencia de una visión común latinoamericana en el área de la justicia.

2. La búsqueda de una mirada colectiva e integral, en materias de gobierno judicial, administración de los recursos humanos, físicos y tecnológicos puestos al servicio de la jurisdicción, modernización de los procesos administrativos, autonomía financiera y económica y su compatibilidad con la necesaria independencia de los jueces para resolver los asuntos que son puestos en su conocimiento, exige también el cambio del paradigma en la visión tradicional del rol del juez, que considere la necesidad de brindar una justicia eficiente, pronta y cumplida, con integridad y sujeta a rendición, pero acentuando, a la vez, la optimización de la gestión en la oficina judicial y su conexión con la comunidad. Nuevos desafíos exigen nuevas respuestas que potencien la capacidad de los jueces para reconocer las características de su función y estructurarla adecuadamente sobre la base de una racionalización en el uso de los recursos por medio de un amplio proceso de cooperación y gestión colectiva entre los jueces que produzca la necesaria sinergia de todo el sistema judicial. Dada la uniformidad de los procesos y requerimientos, ante un avance que no es homogéneo, la colaboración y el auxilio mutuo entre los órganos de justicia latinoamericanos, supone la creación de mecanismos de intercambio de experiencias y de buenas prácticas en toda clase de materias judiciales y principalmente en el área de la transparencia, acceso a la justicia, integridad en la función del juez, gestión y rendición de cuentas y una estrecha relación con la comunidad. Ello ha de facilitar la suscripción de convenios de colaboración entre los órganos jurisdiccionales latinoamericanos y los entes asociativos regionales, especialmente en el ámbito de la incorporación de las nuevas tecnologías e información, y de gestión.

3. Resulta imprescindible, entonces, para la materialización del espacio judicial latinoamericano, el estudio y análisis sistematizado de los desafíos en materia procesal y de gestión jurisdiccional, el conocimiento y abordaje de las peculiaridades regionales tanto en relación a sus habitantes originarios como con las tradiciones ancestrales comunes, ya sea el asentamiento geográfico o el énfasis de las actividades productivas o económicas. Ello conduce necesariamente a la creación de una Escuela Judicial Iberoamericana que, junto con entregar las herramientas teóricas y las destrezas jurisdiccionales necesarias, tenga en cuenta aquellas características, especiales en Latinoamérica, las exigencias que el juez enfrenta con la incorporación de las nuevas tecnologías en la oficina judicial y los requerimientos de justicia cada vez más complejos, y que se deben traducir bajos los siguientes conceptos: independencia, confianza, comunicación, reciprocidad, armonización, compatibilidad, eficiencia, calidad y transversalidad.

4. Consideramos que ante la existencia de fenómenos transfronterizos, el concepto de población que es flexible y migratoria, las condiciones sociales, económicas y laborales, se impone la necesidad de contar con un Tribunal de Justicia Latinoamericano que brinde una visión común de solución de conflictos extraterritoriales y que atenten contra bienes supraestatales.

5. Enfatizamos que el espacio judicial latinoamericano, en el marco de los derechos y garantías de los ciudadanos, de las reglas constitucionales y legales, se construye por los jueces y necesariamente con los jueces, para cumplir satisfactoriamente con el derecho del ciudadano a una justicia pronta y cumplida. Por lo tanto, supone el irrestricto respeto la independencia judicial, interna y externa, así como se brinden los recursos económicos necesarios para el funcionamiento de la oficina judicial, y la capacitación constante de los magistrados y funcionarios judiciales en las destrezas de gestión que permitan la corrección de las deficiencias de un sistema que es dinámico, constantemente cambiante en sus flujos y que exige construir un conocimiento interdisciplinario a través del intercambio constante de experiencias.

6. El acceso a la justicia supone la presencia de un ciudadano informado y un juez integrado y facilitador con la comunidad. La sociedad moderna requiere un concepto de la función judicial más amplio y comprensivo. Una función que se ejecute de manera eficiente (en el uso adecuado de los recursos disponibles), que sea eficaz (cumpla su objetivo de brindar una tutela judicial efectiva, oportunamente y genere la paz social); pero que también sea transparente (visible), íntegra (no corrupta), validada (esto es por la cuenta de la gestión) y aceptada por la comunidad. La relación del juez, entonces, se presenta no solo con los justiciable directos e indirectos, sino también con los potenciales justiciables y la sociedad toda.

7. En conclusión, este espacio judicial latinoamericano debe ser comprensivo de las diferencias culturales, tecnologizado y transparente, con pleno respeto a los derechos y garantías del individuo, en aras de una justicia autónoma, eficiente y eficaz, con jueces altamente capacitados en la peculiaridad de los fenómenos jurisdiccionales regionales, en la administración y en la gestión, relacionados activamente con la comunidad y con un órgano supranacional judicial de solución de conflictos que exceden las competencias locales.


Se deja constancia que la presente acta fue redactada y firmada por José Eduardo de Resende Chaves Júnior, Presidente; Gabriela Merialdo Cobelli, Vice Presidente; Roberto Ignacio Contreras Olivares, Vice Presidente para América del Sur; Edgardo Torres López, Vicepresidente de Derechos Humanos; Luis Ernesto Vargas Silva, Vicepresidente de Relaciones Institucionales; Luis Roberto Salas Dimenza, Vicepresidente de Finanzas; Galo Pico Mantilla, Vicepresidente de Altos Estudios e Investigación; Salomón Saavedra Dorantes, Secretario General; Josefa Vicenta Izaga Pellegrin y Edwin Figueroa Gutarra del Consejo Consultivo y Fiscal; Alejandro Alfonso Vera Quilodrán y Flavia Podestá, miembros suplentes del Consejo Consultivo.
Extendida en Cartagena de Indias, Colombia, el veinticinco de noviembre de dos mil diez.


José Eduardo de Resende Chaves Júnior
Presidente


Gabriela Merialdo Cobelli
Vice Presidente


Roberto Ignacio Contreras Olivares 
Vice Presidente para América del Sur


Edgardo Torres López
Vicepresidente de Derechos Humanos


Luis Ernesto Vargas Silva
Vicepresidente de Relaciones Institucionales


Luis Roberto Salas Dimenza
Vicepresidente de Finanzas


Galo Pico Mantilla
Vicepresidente de Altos Estudios e Investigación


Salomón Saavedra Dorantes 
Secretario General


Josefa Vicenta Izaga Pellegrin
Consejo Consultivo y Fiscal


Edwin Figueroa Gutarra
Consejo Consultivo y Fiscal


Alejandro Alfonso Vera Quilodrán 
Suplente del Consejo Consultivo


Flavia Podestá
Suplente del Consejo Consultivo

 

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